Las 2 entradas que Abelardopedia registró el 30 de junio de 2026, con enlace a la fuente periodística de cada una. Es un corte del archivo por fecha: lo que se supo ese día, tal como quedó registrado.

Día · 2 entradas.

El único ingreso de la campaña de Abelardo en segunda vuelta fue un crédito de $17.500 millones del banco de los Gilinski

La campaña de Abelardo de la Espriella reportó un solo ingreso para la segunda vuelta: un crédito de $17.500 millones con el Banco GNB Sudameris, según el último informe de Transparencia por Colombia sobre lo que las campañas reportaron en Cuentas Claras hasta el 30 de junio. No registró aportes de personas, del candidato ni de su familia. El crédito ya aparecía en Cuentas Claras a mediados de junio, cuando lo reportó El Espectador. El GNB Sudameris es la joya del Grupo Gilinski, de Jaime Gilinski, cuyo hijo, Gabriel Gilinski, es el dueño de Semana, según El Colombiano. La campaña de Iván Cepeda también le pidió prestado al mismo banco: $5.000 millones, además de $10.000 millones de la Cooperativa Financiera JFK. El 94,6 % de los $10.025 millones que la campaña de De la Espriella reportó haber gastado fue propaganda. Transparencia señaló que, aunque buena parte de su publicidad estuvo en redes sociales, no registró gastos por ese concepto.

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Por segunda vez, un juez falla que Fico Gutiérrez censuró la presentación del libro del M-19

El Juzgado 47 Penal Municipal de Medellín encontró que la cancelación que ordenó el alcalde Federico Gutiérrez de la presentación del libro "El M-19, de la guerra a la política" en la Biblioteca Pública Piloto fue un acto de censura y vulneró la libertad de expresión, el acceso a la información y la participación política. Era la segunda vez: el mismo juzgado había fallado igual el 8 de mayo, pero un juzgado de segunda instancia anuló ese fallo el 18 de junio porque no se había vinculado al proceso al autor, Jaime Rafael Nieto López, ni a los panelistas ni a la editorial, y ordenó repetirlo, según El Colombiano. Con ellos adentro, el resultado fue el mismo. "Dicha conducta configuró un acto de censura al utilizar su posición de poder para ordenar la cancelación o impedir el normal desarrollo de un evento en el que se difundían ideas de interés público", dice la decisión, citada por El Espectador. Sobre el argumento de la Alcaldía, la Ley de Garantías, el juzgado dijo que su aplicación "resultó extensiva e indebida, al equiparar un ejercicio legítimo de reflexión académica y crítica social con una actividad electoral", y que la decisión "se sustentó más en inferencias y apreciaciones subjetivas que en un análisis probatorio serio". Que la charla se hubiera hecho de todas maneras no borró la vulneración. El juzgado les ordenó a la Alcaldía y a la biblioteca publicar, en 48 horas, una comunicación oficial que reconociera que afectaron los derechos del autor, de los panelistas y de la editorial, por los mismos canales por los que anunciaron la cancelación.

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