La Sala de Familia del Tribunal Superior de Bogotá revocó el fallo de tutela del Juzgado 34 de Familia que había puesto restricciones adicionales a los bombardeos cuando hubiera información de menores reclutados en el blanco. La Presidencia lo dio a conocer el 28 de octubre en un comunicado que publicó en X, como cuenta Semana. El Tribunal declaró improcedente la tutela y dejó sin efectos la medida provisional. Dijo que la tutela no identificaba personas determinadas ni operaciones concretas que mostraran una amenaza inminente, y que lo colectivo debía ir por otras vías judiciales. También dijo que el plazo para adoptar el Plan Nacional de Prevención del Reclutamiento de Menores va hasta julio de 2027, como fija la Ley 2590 de 2026. Con el fallo, la Presidencia dice que se "restablece la posibilidad de planear y ejecutar operaciones aéreas sin las restricciones adicionales impuestas en este proceso judicial".

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